Remate Judicial
CASA CON TERRENO en El Pinar
Barrio Jardines del Autódromo.
Martes 16 de Febrero de 2016. - Hora 9:00
en Juzgado de Paz de Ciudad de la Costa. Giannatassio Km 22,500.
SIN BASE, EN DÓLARES AMERICANOS.
Por consultas con el Rematador al celular 099 860 040.
EDICTO
EDICTO
Por disposición del SEÑOR JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL DE CIUDAD DE LA COSTA DE 1er TURNO, dictada en
autos caratulados: “LATORRE MAYA, CARLOS ORIENTAL c/ MORALES DOMINGUEZ,
CHRISTIAN GABRIEL. INTIMACION DE PAGO” -
IUE 186-126/2014, se hace saber que el 16 de Febrero de 2016, a partir de las 09:00
horas en las puertas del juzgado de paz de ciudad de la Costa, por intermedio del Rematador HÉCTOR AIZPÚN
APOLO Matrícula Nº 4298 RUT 190090630019 y asistido por el OFICIAL ALGUACIL del
Juzgado se procederá a la venta en remate, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, del siguiente bien
inmueble: Solar de terreno con mejoras, ubicado en la antes decimonovena
sección judicial del departamento de Canelones, localidad catastral de ciudad
de la costa. Balneario el Pinar – Jardines del Autódromo, empadronado con el
número treinta y dos mil seiscientos nueve (32.609), antes padrón veintisiete mil
quinientos seis en mayor área (parte). Señalado con el número tres de la
manzana dieciocho en plano de mensura y fraccionamiento del agrimensor Walter
Roy Harley de 1961, con el número 1571, según el cual consta de una superficie
de seiscientos metros cuadrados y se deslinda así: 15 metros de frente al norte
a la calle 17 metros; al este 40 metros lindando con el solar 2; al sur 15
metros lindando con el solar 10; y al este 40 metros lindando con el solar 4,
todos del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar en el acto el 30% del precio ofertado por concepto de seña en efectivo o letra de
cambio y en dólares americanos. 2) Serán de cargo del comprador: la comisión
de compra del Rematador o sea el 3,66% iva incluido que deberá pagar en el acto
del remate; así como también demás impuestos que por ley le corresponden y
gastos de escrituración. 3) Que serán de cargo del expediente la comisión de
vendedor o sea 1,22 % iva incluido, así como también el 1% más tasa
de trámite si existiere, correspondiente al Impuesto Municipal Ley 12.700. 4)
El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir
del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se
interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 5) Se prevée que en caso de existir deudas de
Contribución Inmobiliaria y de Impuesto de Enseñanza Primaria, serán los únicos
tributos que podrán descontarse del precio de la almoneda. 6) Se desconoce la
situación contributiva frente al B.P.S. y el estado de ocupación del bien. 7) Que el mejor postor deberá saber y tener conocimiento del
deber de colaboración a la información requerida por el rematador (ley 18.494 y
decreto reglamentario 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y
perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 8) El inmueble
se remata en las condiciones que surgen del expediente que se encuentra en la Sede
a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hace ésta
publicación. Ciudad de la Costa, 18 de
Diciembre de 2015. MARIO GABIN SASSON.
JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL.