CONTACTO

Tel.2600 1975 Cel. 099 860 040
hectoraizpun@gmail.com

viernes, 12 de julio de 2019

REMATE JUDICIAL
JULIO
24
MIERCOLES
En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO13:30
HORAS
SIN BASE EN U$S

Apartamento en Ciudad Vieja.

Cerrito 109/302, entre Lindolfo Cuestas y Guaraní.

Apto. 302: 2 dormitorios. Área 66 metros 55 cmts.
Padrón Nº 2.575/302.

El estado del edificio es bueno, la fachada ha sido refaccionada recientemente. Se trata de una construcción del año 1911 que fue acondicionada en 1972.

No están previstas visitas. 

Deberá el mejor postor pagar en el Acto: Seña 30% + Comisión e IVA 3,66%

No se aceptará el pago en efectivo. Solo se permitirá abonar por los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera. 


Sólo se podrán descontar del saldo del precio del remate, lo que el inmueble adeude hasta ese día por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria.

Es responsabilidad de los interesados informarse personalmente de las deudas y de la situación tributaria del inmueble. Las interrogantes de índole jurídico-notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza. Antecedentes: Juzgado Letrado Civil de 20º turno. IUE 2- 50198/2012.

Los clientes del interior del país deberán constituir domicilio legal en Montevideo para recibir las notificaciones del Juzgado.
                        Para ver Video, click en: https://youtu.be/smirTv7ek7M









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EDICTO:  Por disposición del SEÑOR JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE 20º TURNO, dictada en autos caratulados: “INTENDENCIA DE MONTEVIDEO C/ LOS PIGMEOS S.A. – JUICIO EJECUTIVO TRIBUTARIO - IUE 2 - 50198 / 2012, se hace saber que el 24 de Julio de 2019, a partir de las 13:30 horas, en Av. Uruguay 826, por intermedio del Rematador HÉCTOR AIZPÚN APOLO, Matrícula Nº 4298, RUT 190090630019 y en acto presidido por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, al mejor postor, sin base y en dólares americanos, del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal Nº 302 que forma parte de un edificio construido en un terreno ubicado en la localidad catastral “Montevideo”, zona urbana del departamento de Montevideo empadronado con el número dos mil quinientos setenta y cinco (2.575 - matriz), que tiene 16,62 metros de frente al sureste a la calle Cerrito distando su punto medio 17,23 metros de la esquina formada con la calle Juan Lindolfo Cuestas. La referida unidad empadronada individualmente con el número DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO BARRA TRESCIENTOS DOS (2575/302) se desarrolla en dos niveles y consta del departamento 302 que se ubica a cota vertical más 13,19 metros con una superficie de cincuenta y ocho metros quince centímetros (58 metros 15 centímetros), y del altillo trescientos dos (302) ubicado a cota vertical 15,28 metros con una superficie de ocho metros cuarenta centímetros (8 metros 40 centímetros). La superficie total de la unidad es de: sesenta y seis metros cincuenta y cinco centímetros (66 metros 55 centímetros). SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar en el acto de la subasta el 30% del precio ofertado por concepto de seña por cualquiera de los medios de pago previstos en la Ley de Inclusión Financiera y su decreto reglamentario; 2) También en el acto deberá pagar la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66% IVA incluido, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden; 3) Que serán de cargo del expediente la comisión de vendedor o sea 1,22 % IVA incluido; 4) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración como ser contribución y primaria hasta el momento de la subasta; 5) El plazo para consignar el saldo del precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Lay 19.210 y su Decreto Reglamentario; 6) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad; 7) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo; 8) Existe deuda de contribución inmobiliaria, impuesto de enseñanza primaria y deuda de gastos comunes; 9) El estudio de la titulación se efectuó en base a testimonio notarial por exhibición de la escritura original de la compraventa autorizada el 9/12/1966 que luce en el protocolo del Escribano autorizante, debido a la falta de dicho documento original; 10) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 primer piso de la ciudad de Montevideo. SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS CERTIFICADOS DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE MONTEVIDEO, DEL REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES Y DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS SECCIÓN REGISTRO NACIONAL DE COMERCIO DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2019.

Montevideo, 27 de junio de 2019

Firmado electrónicamente por:
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA
27/06/2019
 INFORMES: 
 HECTOR ORLANDO AIZPUN APOLO
hectoraizpun@gmail.com

REMATE EXTRAJUDICIAL
JULIO
17
MIERCOLES
En ANV SALA DEL PRIMER PISO
CERRITO Nº400
MONTEVIDEO
13:30
HORAS
PRECIO BASE: U.R. 838,47

REMATE SUSPENDIDO POR LA A.N.V.

ANV: Muy buen apartamento al frente en Cordón

Calle La Paz 1709. Apto. 101. Padrón Nº 13.521/101

2 dormitorios. Área: 59 metros 16 decímetros 


Base: 838,47 Unidades Reajustables, equivalen a $ 978.440 con facilidades.

El comprador deberá abonar en el acto del remate:

Seña 5% (ver edicto) + gastos remate $ 37.000 + Comisión e Impuestos 1,22%.

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEY 19210 MODIFICATIVAS Y CONCORDANTES





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AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA - EJECUCION EXTRA­JUDI­CIAL
SALA DEL PRIMER PISO - CERRITO Nº400
17/07/2019 - HORA: 13:30
BASE: 838,47 UNIDADES REAJUSTABLES EQUIV. A $ 978.440
CON FACILIDADES
Por disposición de la AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (FIDUCIARIO del Fideicomiso Financiero de Oferta Privada CARTERA HIPOTECARIA VII FIDEICOMISO FINANCIERO), el marti­llero HECTOR AIZPUN (MAT. 4298 - R.U.T. 190090630019) venderá en remate público, al mejor postor y en las condicio­nes indi­cadas, Unidad de Propiedad Horizontal 101 empadronada individualmente con el N° 13521/101, que integra el edificio sito en la octava sección judicial del departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, con frente a la calle La Paz N° 1709, consta de una superficie de 59 metros 16 decímetros y según antecedentes administrativos consta de 2 dormitorios.- 1º) Esta ejecución se dispone por aplicación de los arts. 80 y 81 de la C. Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por remisión del art. 34 de la Ley 18.125 en hipoteca Clase 082 Serie 500 N° 983 (ID 85336) a nombre de MARINA CARDOSO y/o sucesores u ocupantes a cualquier título.- 2º) El bien se encuentra ocupado y según información del Registro correspondiente al 26/06/2019 no existe contrato de arrendamiento registrado. El Instituto ejercitará las facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81 de la Carta Orgánica del B.H.U., para la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obstará a la obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de compraventa.- 3º) El mejor postor deberá: A) Abonar: a) la suma de $ 37.000 por concepto de gastos de remate, suma que no integra el precio, b) el 5% sobre el valor de la oferta en concepto de seña; c) si el precio ofertado supera UR. 1.994,12 (Valor de Mercado) se deberá abonar la diferencia en el acto de remate; d) el 1% de comisión del rematador, más el I.V.A. Todos los pagos son en el acto y deberán realizarse según lo establecido al pie del presente edicto; B) en caso de hacer uso de las facilidades ofrecidas y si corresponde, integrar el saldo de precio que no se financia e ingresar la solicitud de crédito dentro de los 10 días siguientes de la notificación de la aprobación del remate; de no hacer uso de las facilidades deberá integrar la totalidad del precio dentro de los 10 días siguientes de la aprobación del remate; C) la financiación será exclusivamente para el mejor postor, quedando excluidos los que adquieran los derechos de mejor postor; D) el costo de cada cesión de derecho de mejor postor será de U.R. 50; E) En todos los casos el mejor postor deberá escriturar dentro de los 10 días de avisado por la A.N.V., abonar gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados y lo que se adeude al día de la escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, Tributos de Cobro Conjunto (Tasa General Municipal, Impuesto a la Edificación Inapropiada o del Impuesto a los Baldíos), Contribución Inmobiliaria, Tasa de Saneamiento, gastos de conexión a la red de saneamiento si corresponde (Ley 18.840), gastos comunes, impuestos, Impuesto de Enseñanza Primaria y demás tributos municipales y nacionales que correspondan..- 4º) El valor de la unidad reajustable en el mes de junio de 2019 es de $ 1.166,93. En caso de variar su equivalencia se anunciará en el acto de remate. El saldo de precio se abonará con el valor de la unidad vigente al momento del o de los pagos a cuenta del mismo.- 5º) El mejor postor podrá financiar el precio del remate hasta la suma de U.R. 1.894,41 en Unidades Indexadas. A tales efectos se deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la Agencia Nacional de Vivienda para ser sujeto de crédito. 6º) Informes en la División Gestión Legal de Cartera de Créditos y en Área Administración de Créditos, Cerrito No.400.- División Gestión Legal de Cartera de Crédito.- Montevideo, 27/06/2019.-

MEDIOS DE PAGO ADMITIDOS SEGÚN LEY 19210 MODIFICATIVAS Y CONCORDANTES:

Gastos de remate: hasta U.I. 40.000 en efectivo, letra de cambio o cheque certificado y para sumas superiores solamente letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos. Seña y pagos a cuenta del precio: exclusivamente mediante letras de cambio cruzadas emitidas por una Institución de Intermediación Financiera a nombre del mejor postor, en pesos uruguayos. Los pagos por gastos y precio deberán hacerse por los instrumentos de pagos referidos, en forma independiente cada uno de ellos. Se advierte la obligación del mejor postor de cumplir con la reglamentación en materia de Origen de los Fondos.
 INFORMES: 
 HECTOR ORLANDO AIZPUN APOLO
hectoraizpun@gmail.com