EJECUCION EXTRAJUDICIAL
Calle Francisco
Vazquez Cores 3157. Padrón Nº 74.299
3 de Julio de 2018 - Hora 15:30
Salón de Actos del BHU.
Fernandez Crespo 1508. Piso 3º
Base: 428,94 Unidades Reajustables, equivale $ 459.699
El comprador deberá abonar en el acto del remate: Seña
30% + gastos remate por $ 96.713 + Comisión e Impuestos 1,22%
Por disposición del Banco Hipotecario del Uruguay, el martillero HÉCTOR AIZPUN
APOLO (MAT.4298 - RUT 190090630019) ,
vende en remate público, al mejor postor y en las condiciones indicadas, el
inmueble empadronado con el Nº 74.299,
con una superficie de 490 m2 ,
sito en la ciudad de MONTEVIDEO,
departamento y localidad catastral de MONTEVIDEO, con frente a calle FRANCISCO
VAZQUEZ CORES número 3157. 1º) Esta
ejecución se dispone por la aplicación de los arts. 80º y 81º de la Carta
Orgánica para la hipoteca identificada con la CLASE 076 SERIE 150 NÚMERO 69028
- ID 12643 a nombre de Jorge Daniel SANTOS DIAZ y/o
sucesores u ocupantes a cualquier título. 2º)
El bien se encuentra ocupado y según información del Registro Propiedad
Inmueble correspondiente al 18 de mayo
de 2018 no existe contrato de arrendamiento registrado. No surge de la
información registral obtenida segunda hipoteca. La Institución ejercitará las
facultades acordadas por el numeral 7º del art. 81º de la Carta Orgánica, para
la entrega del inmueble libre de ocupantes, trámite que no obsta a la
obligación del mejor postor de integrar el precio y otorgar la escritura de
compraventa. 3º) El mejor postor
debe: a) abonar en el acto la suma
de $ 96.713 (pesos uruguayos noventa y
seis mil setecientos trece), por concepto de gastos de remate, suma que no
integra el precio, el 1% de comisión del rematador más el IVA y, además, en
caso de que el bien no esté ubicado en el Departamento de Montevideo, debe
pagar el 1% más I.V.A del precio al rematador por concepto de impuesto
municipal (Ley 12.700); b) debe
abonar también el día del remate el 30% de su oferta al contado a cuenta del
precio; c) en caso de hacer uso de
las facilidades ofrecidas y si corresponde, debe integrar, dentro de los 30
días siguientes al recibo del telegrama colacionado con la comunicación de la
aprobación del remate, el saldo de precio que no se financie e ingresar la
solicitud de crédito; d) en caso de
no hacer uso de las facilidades, debe integrar la totalidad del precio dentro
de los 30 días siguientes al recibo del telegrama colacionado de notificación
de aprobación del remate; e) en
todos los casos, los mejores postores, deben abonar gastos, impuestos,
honorarios de escritura, certificados y lo que se adeude al día de la
escrituración por cargas relativas al inmueble, consumos, impuestos y gastos
comunes. 4º) El valor de la unidad
reajustable en el mes de junio de 2018 es de $ 1.071,71 (pesos uruguayos: mil
setenta y uno con setenta y un centésimas). En caso de variar su equivalencia,
se anuncia en el momento del remate. El saldo de precio se abona con el valor
de la unidad reajustable vigente al momento del o de los pagos a cuenta de
éste, cuando el pago se hace contado o por transferencia bancaria. f) Las formas de pago aceptadas por el
Banco son: medios de pago electrónicos, cheques certificados cruzados no a la
orden, o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de
intermediación financiera a nombre del mejor postor. (Ley 19.210 y decretos modificativos y concordantes). En caso de
abonar a través de los documentos mencionados se toma el valor de la unidad
reajustable vigente al momento de la acreditación de los mencionados documentos
en el sistema contable del Banco. 5º)
El comprador puede financiar el precio del remate hasta un máximo de UR
2.021,99 (unidades reajustables dos mil veintiuna con noventa y nueve
centésimas), siempre que cumpla con todos los requisitos establecidos para ser
aceptado como sujeto de crédito y que el 70% del precio no supere esta cifra,
de hacerlo, la diferencia debe abonarse al contado mediante cualquiera de los
instrumentos de pago indicados en el numeral 4º f. Dicha financiación se
hace en unidades indexadas (UI) al valor de dicha unidad de cuenta a la fecha
de otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario. A tales efectos se
debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Institución
para ser sujeto de crédito. Por informes dirigirse a la División Seguimiento y
Recuperación de Activos del BHU Casa Central – Fernández Crespo 1508 – Planta
Baja – Montevideo, 13 de junio de 2018.-
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