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hectoraizpun@gmail.com

miércoles, 19 de septiembre de 2018

Héctor  Aizpún  Apolo.
Rematador Matr. 4298                             Rut 190090630019
REMATE  JUDICIAL
Sin Base.  En Pesos Uruguayos.
Jueves 4 de Octubre de 2018 - Hora 15:30
En A.N.R.T.C.I. - Uruguay 826. Montevideo.
1500 moldes de aluminio para encofrados de construcción marca Forsa. (aprox. 10.500 kilos) y 200 piezas de accesorios para el armado de los encofrados. Incluye escaleras y pasarelas. (aprox. 4.000 kilos).
La mercadería se encuentra depositada en el Puerto de Montevideo. (El detalle completo se incluye en archivo adjunto).
El mejor postor deberá consignar el 100% de su oferta al contado en el acto de serle aceptada la misma mas la comisión e impuestos del Rematador o sea el 12,20% del precio, con los medios de pago autorizados por el artículo 40 de la ley 19.210.
También serán de cuenta y cargo del comprador los costos de retiro de los bienes del puerto de Montevideo.
Antecedentes: Juzgado Letrado Civil de 11º turno. IUE 2- 16324/2017.
Aquellos interesados que deseen ver la mercadería deberán comunicarse telefónicamente con el Rematador y anotarse con tiempo, enviando una copia de la cédula de identidad escaneada.  
Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.
Los clientes del interior deben constituir un domicilio legal en Montevideo para que les lleguen las notificaciones de parte del Juzgado. (Puede ser del Escribano o un familiar o amigo).
































DETALLE POR ITEMS CANTIDAD
FORMALETA LOSA   178
FORMALETA LOSA  CON DILATACION 1
FORMALETA LOSA PLATINA LISA 3
FORMALETA MURO   260
FORMALETA PUNTAL 40
TAPA MURO HORIZONTAL  20
FORMALETA CAPS 299
FORMALETA CAPS BORDE DE LOSA  39
ESQUINA LISA   168
ESQUINA LISA EN ELE EXTERIOR  4
FORMALETA LOSA PUNTAL  61
FORMALETA MURO DESPUNTE 12
FORMALETA MURO RANURADA  31
TAPA MURO HORIZONTAL 30
TAPA MURO VERTICAL  25
FORMALETA MURO ANGULAR  9
ESQUINERO DE MURO  56
ESQUINERO DE MURO CON TAPA 21
ANGULO EN ALUMINIO   46
BASE PARA GATO 3
KIT PASARELA EXTERIOR 36
PORTALINEADOR FORZA 8
SACA PANEL FORZA 1
KIT PASARELA EXT. VOLADIZO 21
PASARELA ESQUINERA FORZA 7
TENSOR FIJO PARA VANOS 10
SOPORTE PARA AG DE ARRASTRE 4
BARRA DESENCOFRE 2
FUNDAS DE YUMBOLON ROLLO 4
FUNDA PARA CORBATA 16
ESCALERA CON PASAMANO DE 300 CMS 2
CUÑAS EN ANGULO  4
CUÑAS PARA PASADOR 13
CORBATA SENCILLA 20
CORBATA MURO DOBLE 3
PASADOR CORTOS 16
PASADOR LARGO 2
PIN GRAPA DERECHO E IZQUIERDO 8
ANCLAGE  WEDGE  1
BARRETA NIVELADORA 1
SACA CORBATAS DE IMPACTO  4
SEPA MALLA CAJA POR 1500 UNIDADES 17
SILLETAS PARA ENTREPISO  9
ALINEADOR CAPS FORZA 10
LINEA DE VIDA 8
GRADA MOVIL FORZA 2


EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de 11° turno, dictada en autos caratulados “KUEHNE+NAGEL S.A. c/ MIRUS S.A.- RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL. VENTA JUDICIAL DE MERCADERIA” I.U.E. 2 - 16324 / 2017”. Se hace saber que el próximo 4 de Octubre a las 15:30 horas en Uruguay 826, el Rematador Héctor Aizpún Apolo, R.U.T.190090630019, mat. 4298, sacará a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en pesos uruguayos los bienes detallados a fs.14 consistentes en 41 bultos conteniendo encofrados de aluminio con accesorios asociados para la construcción, depositados en Terminal Cuenca del Plata del Puerto de Montevideo, en los contenedores SUDU 6902172 y SUDU 1331390.- SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 100% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma, con los medios de pago autorizados por el artículo 40 de la ley 19.210 y leyes modificativas y concordantes 19.475 y 19.478. 2º) Que serán de cargo del comprador la comisión e impuestos del Rematador o sea el 12.20% sobre el precio rematado, en el acto y dando cumplimiento a las leyes vigentes enunciadas en el numeral anterior. 3°) Que también serán de cuenta y cargo del comprador los costos de retiro de los bienes del puerto de Montevideo, así como también los impuestos y costos de importación. 4°) Que serán de cargo del expediente la comisión del vendedor e impuestos del Rematador o sea 2.44% de la venta. 5°) En caso de corresponder será de cargo del expediente el impuesto establecido en el artículo 44 del decreto 148/2007 o sea 2.4% del precio obtenido en el remate. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 27 de Setiembre  de 2018. Esc.Luisa Peggy MAICH ELIEZER. Actuaria Adjunta. 

Informes: 099860040                hectoraizpun@gmail.com  

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